El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución de la regalía minera correspondientes a mayo de 2020, a ser aplicados a los gobiernos locales, gobiernos regionales y universidades nacionales beneficiadas.
Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial Nº 180-2020-EF/50 publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
Los índices de distribución correspondientes a mayo de 2020 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación.
Los porcentajes y criterios de distribución están establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF.
En el anexo de la presente resolución ministerial en el que se detallan los índices de distribución correspondientes a mayo de 2020, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.
Cuando se habla de la Regalía Minera se trata de la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos.
El Ministerio de Economía y Finanzas distribuye mensualmente los recursos recaudados por el concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; la norma lleva la rúbrica de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva.