La Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido por comunidad indígena Aymara de Umirpa y sus miembros, seguramente a la empresa Andex Minerals SpA paralizar los sondajes de prospección y explotación minera en el cerro Anocarire e inmediaciones ubicadas en la región de Arica y Parinacota, además de someter el proyecto a estudio de impacto ambiental ya que se encuentra emplazada a solo 20 metros de una zona protegida.
Para la Sala Constitucional: “(…) la interpretación armónica de las normas se puede concluir que toda obra, proyecto o actividad que se encuentra próxima a un área protegida requiere su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través del instrumento de revisión más intenso contemplado en la legislación vigente, consistente en el Estudio de Impacto Ambiental”.
“Esto es, ya que si bien el artículo 10 literal 11 de la Ley N° 09.300 se refiere, en cuanto a la evaluación de proyectos susceptibles de causar impacto, únicamente a aquellos que se encuentran en áreas de protección oficial, de la lectura de la letra d) del artículo 10 queda en evidencia la amplitud de la norma, al resaltar que mejoraron la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental proyecto que, entre otros, tendrán una localización 'en' o 'próxima' a recursos o zonas protegidas, cuestión que en este caso ocurre, al localizarse el proyecto de exploración a tan sólo 20 metros de la Reserva Natural Nacional Las Vicuñas”, añade.
“La notable proximidad del proyecto a una Reserva Natural, sería procedente el ingreso del Proyecto al SEIA, es menester destacar que, conforme fuera informado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, el Cerro Anocarire, lugar de ejecución de las obras, se encuentra inserto en el Área de Desarrollo Indígena Alto Andino de Arica y Parinacota”, advierte la Tercera Sala.