La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló seis cargos contra “Compañía Contractual Minera Candelaria”, titular del proyecto “Candelaria 2030 – Continuidad Operacional”, por infracciones a las disposiciones establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ), además de incumplimientos asociados a normas de emisión para las descargas de residuos industriales líquidos realizados por la desalinizadora de la misma empresa.
Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, dijo que “para la institución es prioritario fiscalizar los instrumentos que disminuyen los efectos ambientales generados por la actividad productiva y tomar acciones que le permiten a los regulados volver al cumplimiento ambiental. Además, es importante destacar que esta investigación incluyó una serie de denuncias ciudadanas que se presentaron a la SMA, por lo que vinculamos las demandas de la comunidad con las estrategias de intervención definidas por nuestra institución.”
En este contexto -continuó De La Maza – es importante recordar que en diciembre de 2020 y en visita oficial a la Región de Atacama -comuna de Tierra Amarilla- se declaró esta Zona como Prioritaria dada la alta vulnerabilidad ambiental en la que se encuentra, producto de la intervención histórica realizada en dicha área.
Respecto de los cargos Graves que se imputan a la empresa, se refieren a la utilización de una cantidad de explosivos mayor a la autorizada, que, entre agosto de 2019 y abril de 2020, se habría observado durante 124 días, en 136 eventos de tronadura. Además, y durante el mismo período, se superó en 5 ocasiones este mismo hecho, lo que implicaría un aumento en las emisiones atmosféricas generadas por la empresa, que podría generar una situación de riesgo para la salud de los habitantes de la comuna de Tierra Amarilla .
Otro de los cargos graves se asocia al incumplimiento de medidas de mitigación asociadas al recurso hídrico, en particular, a que la empresa no habría reducido el consumo de las aguas provenientes de la Planta de Tratamiento de Nueva Atacama en julio de 2018, por lo que 950 m3/día abandonados de ser utilizados para la recarga del acuífero del Río Copiapó, que corresponden a una zona de reconocida escasez hídrica .
En cuanto a las infracciones Leves, estas se formularon por utilizar puntos receptores distintos a los establecidos en RCA N°124/2015 para el monitoreo de vibraciones correspondiente al año 2020; construcción y operación de una piscina de emergencia o drenaje adicional, que superaba en un ,2% respecto del total autorizado en su permiso ambiental ; y por no reportar la frecuencia exigida en su Programa de Monitoreo, asociado al DS N°90/2000, durante julio a diciembre de 2018, enero a diciembre de 2019; y enero y junio de 2020.