La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la indemnización que el fisco deberá pagar, por concepto de daño moral, a 31 de los 33 mineros que quedaron atrapados en el pique minero, ubicado en la Región de Atacama, en agosto de 2010.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada estableció la sentencia atacada, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad por falta de servicio de las demandadas, con declaración que se condena solo al fisco a pagar a cada uno de los demandantes la suma de $40.000.06.
“Que, lo levantado, deja en evidencia que los órganos del Estado han faltado a su deber de protección, actuar de manera negligente en el cumplimiento de sus funciones, lo que lleva a estos sentenciadores a concluir que es el Fisco de Chile, el que debe responder por la falta de servicio alegada y acreditada, por lo que el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por él, será mantenida”, sostiene el fallo.
“Misma decisión, se adopta en cuanto a la alegación formulada por el Sernageomin, en cuanto a la responsabilidad que le cabría al empleador en los hechos que motivaron el derrumbe en la mina de su propiedad”, añade.