En fallo unánime, la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, descartó error en la sentencia impugnada, dictada por el 5° Juzgado Civil de Santiago y que rechazó la demanda de cobro de tributos presentada por la Municipalidad de Illapel en contra de la empresa minera Los Pelambres, por el supuesto tendido y uso de ducto subterráneo por terrenos públicos.
Según indica el fallo “los documentos acompañados en segunda instancia mediante resoluciones de 11 y 25 de agosto pasado, no son más que una reiteración de la prueba aportada en el curso del juicio seguido ante el tribunal de primer grado, y nada aportan a la decisión del conflicto en los términos reclamados por la parte recurrente”
El tribunal detalló que los certificados emanados de la Municipalidad de Salamanca, tampoco permiten arribar a otra decisión en tanto se refiere a una zona diferente. De esta forma, “lo pagado por concepto de derecho de ocupación de bien nacional de uso público en esos tramos, de alguna manera permite sostener que igual conducta debe tener la demandada en relación a los tramos objeto de la demanda, por cuanto la actora no saber probar que el concentraducto se encontró ubicado en las fajas de terreno identificados en el libelo pretensor, fundamento central que llevó a desestimar su pretensión”, especificó.