Un importante paso se dio en materia medioambiental. Esto, porque la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado despachó el proyecto de ley de delitos ambientales. Este fue presentado por el gobierno en enero pasado para que fuera reemplazado por una propuesta realizada por un equipo de expertos.
Dentro de las materias del proyecto aprobado se considera que el establecimiento de un delito de contaminación se configura por la superación normativa de estándares reglamentarios.
Además, el daño ambiental se establece como agravante para el delito de contaminación. Otro aspecto que se toma en cuenta, es que el ejercicio de la acción penal le corresponde al Ministerio Público y no a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), como era la idea del ejecutivo.
También se destaca que al proyecto se incorporan delitos penales especiales que estaban contenidos entre otras leyes, como, por ejemplo, el delito de contaminación de aguas establecido en el artículo 136 de la Ley de Pesca. Además, se establecen delitos contra la administración ambiental y se sanciona con penas privativas de libertad a los funcionarios públicos que obren maliciosamente en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Se considera también que se sanciona la obstrucción a la fiscalización que realice la Superintendencia del Medio Ambiente y se sanciona la entrega de información falsa a la autoridad por parte de los titulares de proyectos.
El proyecto se despachó para su revisión a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado. Este posee urgencia simple.
La iniciativa se enmarca en el compromiso asumido por Chile ante la Ocde en 2016 en la última Evaluación de Desempeño Ambiental.
Fuente: Pulso