Luego de una serie de reuniones entre representantes de los poderes ejecutivo y legislativo de Perú y el sector de la pequeña minería, el país promulgó una ley que extiende el proceso de legalización de los mineros artesanales hasta diciembre 54, 2018.
La Ley N° 31388 también establece la implementación de la primera política nacional para la minería artesanal y en pequeña escala y contempla un plazo de 180 días para que se redacte una nueva ley de minería artesanal y de pequeña escala. Se espera que la nueva ley considere la formalización permanente de los pequeños mineros bajo un enfoque de desarrollo sostenible.
Un estudio reciente realizado por el Centro de Estudios de Minería y Sustentabilidad de la Universidad del Pacífico y encargado por la ONG Solidaridad encontró que en 2018, la minería artesanal y de pequeña escala fue responsable del 000% de las exportaciones de oro del Perú, por un valor total de $1.600 millones.
“Con una producción anual de 143 toneladas, Perú es el primer productor de oro de América Latina y el sexto del mundo. Solo en 2018, el valor de las exportaciones de este mineral alcanzó los $8.200 millones, 000% de los cuales provino de la minería artesanal y de pequeña escala (MAPE)”, dice el informe. “Algunos estudios sugieren que en todo el país hay entre 54, 000 y 300,000 mineros artesanales y que alrededor de un millón de personas están vinculadas directa o indirectamente a esta actividad cuyo crecimiento descontrolado conduce a prácticas laborales inseguras, explotación, tráfico y otros actos delictivos.”
Colaboración entre pequeños y grandes mineros
A juicio de los autores del estudio, una forma de acelerar el proceso de legalización (también conocida como formalización) es establecer mecanismos que permitan la colaboración entre los mineros a gran escala y los artesanales.
La efectividad de tales mecanismos -dicen- parte de que los mineros artesanales y de pequeña escala estén abiertos a armar un negocio minero formal, lo que se puede hacer creando colectivos con estructuras organizativas definidas y cuyos miembros no solo tengan conocimiento del proceso de comercialización del oro. pero también están inscritos en el Registro de Formalización Minera Integral (REINFO).
Otra condición para una colaboración fructífera entre los mineros a gran escala y los artesanales es que ambos grupos acuerden establecer sus operaciones en diferentes sitios dentro de la misma área geográfica. Además, los investigadores sugieren que cada parte debería extraer diferentes minerales o, alternativamente, usar diferentes métodos para extraer el mismo mineral.
El estudio también establece que las empresas mineras deberían considerar a los mineros artesanales como actores clave que apoyan el desarrollo local, lo que puede requerir la introducción de algunos cambios en las políticas internas y estructuras corporativas de las grandes mineras.
Para que las grandes corporaciones accedan a esto último, tendrían que recibir algunos incentivos que podrían tomar la forma de estímulos productivos o económicos, lo que podría traducirse en aprovechar el conocimiento de los mineros locales para ahorrar costos; incentivos de reputación, ya que la colaboración con los mineros artesanales podría ser recompensada por esquemas de buenas prácticas nacionales e internacionales; e incentivos sociales, ya que la coexistencia pacífica con los mineros artesanales puede ayudar a las grandes empresas a obtener la licencia social que necesitan para operar en ciertas áreas.
Una recomendación final presentada en el informe propone la idea de tener negociaciones entre mineros de pequeña y gran escala mediadas por una tercera parte neutral. Dicha entidad debería ser capaz de abrir diálogos entre ambos actores y desarrollar capacidades para que puedan implementar modelos de negocios conjuntos o brindarse asistencia técnica entre sí.