El Ministerio de Energía y Minas (Minem) calculó que la reactivación de la gran minería, que forma parte de la primera fase de la estrategia para reanudar las actividades económicas del país, generará más de 68 mil empleos directos y 800 mil empleos indirectos, en operaciones de 32 titulares mineros que forman parte de ese estrato.
Destacó que la reanudación de las actividades de la gran minería garantizará el 55% del PBI minero metálico correspondiente al 2020, lo que se traducirá en tributos al Estado y recursos para las regiones que permitirán atender a la población peruana durante el estado de emergencia y en la etapa posterior que seguirá demandando esfuerzos para asegurar la salud y el bienestar de los peruanos.
Además, la reactivación de los proyectos de la gran minería declarados de interés nacional y cuya ejecución ha sido afectada por el periodo de emergencia originado por el COVID-19, como son: Quellaveco, Mina Justa y Ampliación Toromocho, brindará otro importante impulso económico al país generando más empleos y la dinamización de actividades como la construcción de mina, los servicios, la metalmecánica, entre otros.
En ese sentido, el Minem publicó las resoluciones ministeriales N° 128-2020-MINEM/DM y N° 129-2020-MINEM/DM que aprobaron el Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del subsector y los Criterios de Focalización Territorial, respectivamente, con la finalidad de reanudar las actividades de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, así como los proyectos de construcción de mina declarados de interés nacional.
Para reanudar sus operaciones, los titulares de dichas operaciones de la gran minería deberán cumplir criterios como: tener unidades que procesan más de 5,000 TM/d, contar con campamentos mineros o, en su defecto, acondicionar componentes auxiliares o disponer de alojamientos externos que garanticen las condiciones de salud establecidas en los protocolos sanitarios, y haber declarado producción a diciembre del 2019, a través del ESTAMIN. Asimismo, cumplir con los lineamientos y/o normas dictadas por el Minsa para el cuidado y vigilancia de la salud de los trabajadores ante el Covid-19 y no tener medidas administrativas o judiciales de paralización.
Las empresas que cumplan con los referidos criterios de focalización deberán contar con su “Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”, que se ciñe a los lineamientos y/o normas emitidas por el Ministerio de Salud, el cual debe ser aprobado previamente por sus Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo. Posteriormente, lo remitirán al Minem para la verificación de su estructura y contenido mínimo y, finalmente, el titular minero procederá según las normas del MINSA, a través del INS, para su registro respectivo en el Sistema Integrado para COVID-19.
Cabe señalar que los procedimientos para reanudar las actividades de la gran minería son dinámicos y, los altos estándares de salud y seguridad contemplados en la legislación minera, agilizarán la implementación del nuevo Protocolo Sanitario que busca prevenir casos de coronavirus entre las personas que trabajan en este estratégico sector para el beneficio del país.